Reforma laboral: las indemnizaciones se calcularán con la ley vigente al momento del despido
Un abogado laboralista explicó que la nueva normativa no tendrá efectos retroactivos. Los juicios en curso continuarán bajo el régimen anterior y el eje estará puesto en la fecha de desvinculación.
El debate por la reforma laboral sumó una aclaración clave en las últimas horas: las indemnizaciones por despido se determinarán conforme a la ley que esté vigente al momento de la desvinculación del trabajador. Así lo señaló el abogado laboralista Andrés Prieto Fasano, quien analizó el alcance del artículo 89 y remarcó que la modificación normativa no afectará situaciones ya consolidadas.
Durante su participación en el programa Infobae a la Tarde, el especialista sostuvo que el punto central es el “momento del distrato”, es decir, la fecha efectiva del cese laboral. Según explicó, no importa si el trabajador cuenta con años de antigüedad previos a la reforma: lo determinante será el marco legal vigente cuando se produzca el despido. La entrevista fue difundida por el portal Infobae en su edición del 23 de febrero, en el marco del análisis político y jurídico de la iniciativa oficial.
En ese sentido, el abogado subrayó que la norma tendrá aplicación hacia el futuro y no modificará indemnizaciones ya devengadas. También aclaró que los procesos judiciales actualmente en trámite seguirán regidos por la legislación anterior, dado que el principio general en materia legal establece que las leyes no operan con efecto retroactivo, salvo disposición expresa.
La discusión también puso el foco en la posible judicialización de la reforma. Prieto Fasano advirtió que cualquier controversia quedará sujeta a la interpretación de los tribunales, especialmente en un contexto donde el fuero laboral enfrenta dificultades estructurales. De acuerdo con su análisis, de los 80 juzgados laborales existentes, aproximadamente la mitad se encuentran vacantes, lo que podría incidir en los tiempos de resolución de eventuales litigios.
El especialista vinculó la reforma con la necesidad de actualizar la normativa laboral a los cambios tecnológicos y productivos. Recordó que la Ley de Contrato de Trabajo vigente data de 1974 y que el mercado laboral actual presenta desafíos vinculados a la digitalización, la automatización y nuevas formas de organización del empleo.
Asimismo, se refirió al debate sobre la informalidad, uno de los problemas estructurales del mercado de trabajo argentino. Señaló que uno de los interrogantes centrales será evaluar si la modernización normativa contribuye a reducir el empleo no registrado y a generar mayor previsibilidad jurídica.
En relación con despidos recientes, como los registrados en algunas empresas industriales, el abogado fue enfático: los trabajadores desvinculados antes de la entrada en vigencia de la reforma mantienen intactos sus derechos conforme a la ley anterior. El nuevo régimen solo alcanzará a las rupturas contractuales posteriores a su implementación formal.
Finalmente, destacó la vigencia del principio de no regresividad en materia laboral, que impide afectar derechos adquiridos. Este punto podría convertirse en uno de los ejes de discusión sindical y judicial en los próximos meses, especialmente ante eventuales planteos de inconstitucionalidad. Según su planteo, más allá del número de juicios que puedan iniciarse, el desafío de fondo será fortalecer la seguridad jurídica para fomentar la creación de empleo formal.