El Gobierno promulgó el nuevo Régimen Penal Juvenil que modifica la edad de imputabilidad

La normativa fue sancionada por el Congreso y reduce la edad de imputabilidad de 16 a 14 años. También establece un sistema de sanciones diferenciado según la edad y las circunstancias del delito.

El Poder Ejecutivo promulgó el nuevo Régimen Penal Juvenil luego de su aprobación en el Congreso, una reforma que introduce cambios en el tratamiento judicial de los delitos cometidos por menores de edad. La norma, identificada como Ley 27.801, fue oficializada mediante su publicación en el Boletín Oficial tras la firma del decreto correspondiente.

Entre los principales puntos de la legislación se encuentra la reducción de la edad de imputabilidad, que pasa de 16 a 14 años. Además, la norma establece un esquema de sanciones diferenciado que contempla la edad del adolescente, las características del delito y las circunstancias del caso.

La iniciativa había sido aprobada por el Senado con 44 votos a favor, 27 en contra y una abstención, luego de un intenso debate parlamentario. Con esta promulgación, el Gobierno concretó una de las reformas impulsadas durante el período de sesiones extraordinarias del Congreso.

Según el texto de la ley, el sistema de sanciones debe orientarse a la educación, la reinserción social y la prevención de nuevos delitos. En ese marco, la normativa establece que las medidas aplicadas a los adolescentes deben buscar su integración social futura, promoviendo procesos de responsabilidad y reparación.

Tal como informó Infobae, la legislación establece que la privación de la libertad deberá ser considerada una medida excepcional y utilizada únicamente como último recurso. Además, se determina que este tipo de sanción debe aplicarse por el período más breve posible dentro del proceso judicial.

La ley también prohíbe la aplicación de penas perpetuas o de carácter indefinido para los menores de edad, así como la generación de antecedentes penales permanentes que puedan afectar su vida adulta.

En los casos en que un adolescente sea detenido, la normativa dispone que su alojamiento deberá realizarse en establecimientos especialmente preparados para ese fin, bajo la supervisión de personal capacitado en el tratamiento de jóvenes. Asimismo, se establece de forma expresa la prohibición de que los menores permanezcan detenidos junto a personas mayores de edad.

El nuevo régimen también incorpora disposiciones orientadas a garantizar la celeridad de los procesos judiciales. El texto establece que los expedientes deberán tramitarse con prioridad, especialmente cuando el adolescente se encuentre detenido con prisión preventiva.

En ese sentido, se prevé que las demoras injustificadas en el avance de las causas puedan derivar en sanciones disciplinarias para los magistrados responsables del proceso.

La normativa también contempla situaciones en las que los menores sean considerados inimputables. En esos casos, la intervención judicial se orientará a determinar medidas de carácter protector o terapéutico bajo la órbita de la justicia civil.

Otro de los aspectos incorporados por la ley es la obligación de especialización para jueces, fiscales y defensores que intervengan en este tipo de procesos, con el objetivo de asegurar un tratamiento adecuado de los casos vinculados con adolescentes.

Asimismo, el nuevo régimen reconoce de forma explícita los derechos de las víctimas dentro del proceso penal juvenil. Entre otras garantías, se establece el derecho a recibir información sobre el avance de la causa, a participar en las distintas etapas del proceso y a solicitar medidas de protección cuando corresponda.

La normativa también prevé mecanismos de reparación y mediación en aquellos casos en los que la naturaleza del delito lo permita y exista consentimiento de la víctima, promoviendo alternativas de resolución de conflictos con enfoque restaurativo.